| SEÑORA MINISTRA FISCAL GENERAL DEL ESTADO
“La cesación de pagos puede
bloquear el futuro acceso a los mercados de capital,
y es probable que el costo de obtención de financiamiento
siga siendo elevado durante largo tiempo. Históricamente,
los países que han incurrido en incumplimiento
de su deuda externa pierden acceso a los mercados internacionales
de capital hasta no llegar a un acuerdo aceptable con
sus acreedores. Pero aún si se llega a un acuerdo,
las tasas de interés de los nuevos empréstitos
tienden a ser altas, pro lo menos hasta que no se haya
establecido (o reestablecido) un adecuado historial
de cumplimiento. Ciertos estudios empíricos demuestran
que los países que redujeron el valor en libros
de su deuda a finales de los años ochenta en
el marco del plan Brady continúan soportando
costos más elevados en lo que respecta a la obtención
de financiamiento”. (FMI).
GUSTAVO NOBOA BEJARANO, dentro de
la indagación previa No. 099-03 que usted, atentamente,
digo:
I
OTRAS DENUNCIAS SIMILARES POR EL CANJE DE BONOS
BRADY POR BONOS GLOBALES. EL CASO DE VENEZUELA DURANTE
EL GOBIERNO DE RAFAEL CALDERA. LAS CUESTIONES FINANCIERAS
Y LA CONFIDENCIALIDAD.
1. La búsqueda del escándalo
político al presentar este tipo de denuncias
no es patrimonio del Ecuador. En efecto, ya en otros
países vecinos y hace pocos años, se intentaron
procesamientos penales en contra de otros ex Presidentes
de la República, por exactamente las mismas razones
por las que ahora se intenta el mío: el canje
de bonos Brady por bonos Globales.
2. En Venezuela, en aquella ocasión,
el Jefe de la Fracción Parlamentaria de “Patria
Para Todos”, JOSE VENANCIO ALBORNOZ URBANO, acusó
a RAFAEL ANTONIO CALDERA RODRÍGUEZ, Presidente
de la República, ALBERTO POLLETO P., Ministro
de Estado y Presidente del Fondo de Inversiones de Venezuela;
y, LUIS RAUL MATOS AZOCAR, Senador, la comisión
de delitos de malversación, enriquecimiento ilícito
y concusión.
3. El Pleno de la Corte Suprema de
Justicia de Venezuela resolvió en sentencia dictada
el 19 de mayo de 1998, que no había lugar al
enjuiciamiento solicitado, citando, entre otras consideraciones,
lo siguiente:
“...las políticas financiera del Gobierno...
por su propia naturaleza, son manifestaciones específicas
de la función político-estatal (gubernativa),
sobre todo en momentos de crisis, en los cuales, es
prioritario garantizar la paz social y reducir los conflictos,
así como defender el crédito y prestigio
internacional del Estado.”
4. Ya en su pronunciamiento sobre
el fondo de la acusación, es decir, la supuesta
malversación, peculado o disposición arbitraria
de fondos públicos, consecuencia del canje efectuado
de bonos Brady por globales, la Corte señaló
que con ello se estaba cuestionando:
“una política financiera, lo cual no puede
ser materia de examen en el antejuicio de mérito,
para cuya procedencia hubiese sido necesaria la demostración
prima facie de la ilegalidad aducida”.
5. En esa acusación se cuestionó
también el tema de la reserva de la operación,
estableciéndose en la sentencia que:
“...la circunstancia de que a una operación
se le confirió carácter confidencia, no
implica un ocultamiento, en los términos de la
acusación, sino la debida discreción en
materias cuya pública divulgación podría
ocasionar daños a los intereses del Estado.”
6. Finalmente, la sentencia también
desechó la denuncia sobre la comisión
del delito de “concierto con funcionarios particulares”
y “aprovechamiento fraudulento de fondos públicos”.
7. Adjunto el documento denominado
“VENEZUELA: TEMAS DE POLÍTICA ECONOMICA.
Operación de Arbitraje Bonos Globales”,
que refleja el resultado del canje efectuado y que motivó
la denuncia penal desechada por la Corte Suprema en
1998.
II
LA EXPLICACIÓN FINANCIERA DE LA RENEGOCIACIÓN
DE DEUDA EN LA BIBLIOGRAFÍA NACIONAL
8. Adjunto también a este escrito
un ejemplar del Libro denominado “ECUADOR: LECCIONES
DE OTRA DECADA PERDIDA Y LA DOLARIZACIÓN, publicado
en marzo de 2003, de autoría del ingeniero Jorge
Gallardo Zavala, en el que se explican pormenorizadamente
las operaciones de canje efectuadas, las razones económicas
y financieras que se tuvieron en cuenta para el proceso
y los resultados de las operaciones. Son especialmente
importantes las páginas 131 a 180, que forman
parte del capítulo III, denominado “La
Renegociación de la deuda Soberana: Agosto-septiembre
del 2000”, sin perjuicio del contenido total del
libro, que recoge la situación del país
antes y después de la renegociación efectuada.
III
DOCUMENTOS TÉCNICOS SOBRE LA RENEGOCIACIÓN
DE LOS BONOS BRADY EN SUDAMERICA
9. Adjunto a este escrito el documento
denominado “Página 12, El Manual del FMI
para la deuda que estudió Caballo”, de
la organización Jubileo 2000.
10. Adjunto también el documento
denominado “SOBERANOS LIOS” aparecido en
la publicación Caretas, edición 1707,
de 7 de febrero de 2002, relacionado con el proceso
de canje de bonos Brady por globales en Perú.
En el documento citado se cuestiona cómo medir
si la operación será beneficiosa para
Perú. Al respecto se señala lo siguiente:
“El beneficio de la operación dependerá
de la participación de los cuatro tipos de bonos
Brady en la transacción y del precio de descuento
que se obtenga de éstos. El éxito del
canje deberá evaluarse en función de cuánto
disminuyan tanto la carga del servicio de deuda de este
año y de los próximos, como el nivel de
endeudamiento externo, en ese orden de importancia.
Sobre este punto, hay que tener presente que, a diferencia
de lo que ocurre cuando se analiza la situación
de una empresa en particular, tanto los inversionistas
como la población evalúan a los países
y a sus gobernantes más por su disponibilidad
de caja (menor riesgo de default y posibilidad de gasto)
que por su fortaleza patrimonial (nivel de endeudamiento)”.
11. Adjunto también el Semanario
de Información Económica y Financiera
“AMERICA ECONOMIA” , que publicó
el 25 de mayo de 2001 un reportaje sobre el canje de
Bonos Brady en Argentina, en el que se señala
que:
“Lo cierto es que Argentina va a conseguir un
respiro en el corto plazo para afrontar el pago de su
dilatada deuda política. El canje de deuda beneficia
a Argentina en dos aspectos, por un lado el riesgo de
vencimiento de la deuda desaparece y, por otro, la medida
trae consigo un menor carga de los intereses de la deuda
para el Ejecutivo ya que desahogará el presupuesto
y el déficit público de este año.”
12. El Universal de Caracas, en su
edición especial de aniversario de 20 de octubre
de 1997 publica un reportaje que adjunto, denominado
“Bonos Brady vs. Bonos Globales”, en el
que señala que “...la controversia sobre
la operación de cambio de la deuda externa realizada
por el Ministerio de Hacienda ha despertado distintas
opiniones en los círculos financieros y políticos.
La polémica ha generado posiciones disímiles
sobre las ventajas de la negociación. Los planteamientos
de los economistas están orientados a establecer
si el país ganó con el canje de bonos
Brady por Bonos Globales”.
13. Lo anterior demuestra que finalmente
nos encontramos ante una “situación de
conveniencia”, que es un concepto financiero en
el que jamás las economistas y menos los políticos
podrán estar de acuerdo, de allí que es
necesario determinar cuáles fueron los objetivos
perseguidos con la reestructuración y si estos
se lograron, para sólo entonces medir la conveniencia
de la negociación. Como se ha dicho, los objetivos
buscados constan en el informe del Ministerio de Economía
que permitió al Presidente de la República
expedir el Decreto Ejecutivo N°618.
14. Desataca esta publicación
del Universal de Caracas que:
“...la operación del canje de deuda tuvo
un valor presente positivo de aproximadamente US$396.504.903.
Cualquier valoración de la operación de
canje que no tome en cuenta el valor del dinero en el
tiempo o que no tome en cuenta la operación desde
el punto de vista de la República de Venezuela
en conjunto, es a nuestro juicio, errónea y carente
de validez” *
NOTA: * En su declaración
rendida ante la señora Ministra Fiscal General
del Estado el día 25 de noviembre de 2003, el
economista Pablo Lucio Paredes señaló
que utilizando la técnica del valor presente,
la renegociación de la deuda externa fue altamente
positiva para el país, que logró una disminución
de entre trescientos y mil millones de dólares.
Como he expresado antes, el resultado de la negociación
significó para el Ecuador una disminución
en el valor nominal de la deuda de cerca de US$3.000’000.000
en dólares. He allí el valor presente
que el denunciante no ha podido ver.
15. Adjunto también a este
escrito el texto que contiene el decreto del Presidente
de la República del Uruguay, para la emisión
del Tesoro para canjear los bonos Brady. En él
se incluyen las condiciones financieras de los bonos
a emitirse y que constituyen en elemento de referencia
para la negociación que celebró el Ecuador.
IV
LAS PROPUESTAS RECIENTES SOBRE REESTRUCTURACION
DE DEUDA SOBERANA
16. También adjunto el documento
técnico “PROPUESTAS PARA UN MECANISMO DE
RESTRUCTURACION DE LA DEUDA SOBERANA”, elaborado
por el Fondo Monetario Internacional, publicado en enero
del 2003, en cuya parte final se señala lo siguiente:
“La cesación de pagos puede bloquear el
futuro acceso a los mercados de capital, y es probable
que el costo de obtención de financiamiento siga
siendo elevado durante largo tiempo. Históricamente,
los países que han incurrido en incumplimiento
de su deuda externa pierden acceso a los mercados internacionales
de capital hasta no llegar aun acuerdo aceptable con
sus acreedores. Pero aún si se llega a un acuerdo,
las tasas de interés de los nuevos empréstitos
tienden a ser altas, por lo menos hasta que no se haya
establecido (o restablecido) un adecuada historial de
cumplimiento. Ciertos estudios empíricos demuestras
que los países que redujeron el valor en libros
de su deuda a finales de los años ochenta en
el marco del plan Brady continúan soportando
costos más elevados en lo que respecta a la obtención
de financiamiento”.
V
LA OPINION DE LA PRENSA SOBRE LAS PRESIONES
POLÍTICAS EN ESTE CASO
17. Acompaño a este escrito
la caricatura de Bonil, aparecida en la edición
del Diario El Universo de Guayaquil, el día domingo
22 de junio de 2003, relacionada con la denuncia pública
efectuada por el doctor Armando Bermeo, Presidente de
la Corte Suprema de Justicia, así como el artículo
aparecido en la página editorial del mismo Diario,
de autoría de Francisco Febres Cordero, titulado
“El alto dirigente” en cuya parte final
señala:
“Cuando estaba pensando que el doctor Bermeo
se había inventado que había altos dirigentes
asomó la ficha del ingeniero León Febres
Cordero. Le juro que él si ha sido bien alto
hasta cuando estaba bajando del caballo. Con decirle
que, cuando estaba con tabaco, tiene una alzada de un
metro ochenta y dos más o menos. Cuando está
sin tabaco es porque está en Miami, donde no
dejan fumar. Ni gritar.
Con mi olfato que no falla, estoy seguro que el Ingeniero
es el alto dirigente que le tiene presionado al doctor
Bermeo para hacer que le meta preso al doctor Gustavo
Noboa y le asegure que va a ganar otros juicios de bastante
altura....”
18. Finalmente, señora Ministra,
desde hace varios días he efectuado varias peticiones,
las mismas que no han sido atendidas, por lo que en
ejercicio de mi constitucional y legal derecho a la
defensa, solicito se despachen a la brevedad posible.
Por el peticionario, como su defensor debidamente autorizado.
Es justicia, etc.,
AB. JOFFRE CAMPAÑA MORA
REG. 6998 |